domingo, 25 de octubre de 2009

Solo Exclusivas Múltiples

Listing en inglés, o al menos en Estados Unidos, es el encargo que hace el propietario de una casa, a un agente, cuando desea venderla. Hay muchas formas de contrato, allí también igual que aquí. Pero el que nos interesa es la llamada Multiple Listing. En ese tipo especial de contrato, el agente recibe el encargo de venta contra el compromiso de promover activamente la participación en la venta de los miembros de la MLS, que asumirán el papel del agente del comprador, cuando uno aparezca.

En la MLS por lo tanto no se publican propiedades, sino que se publican esos contratos que son de todos y a todos vinculan. Hay que publicar toda la información del mismo, incluso la del propietario, y la fecha de caducidad del encargo.

Los estatutos de la NAR, que vinculan a todo Realtor, especifican claramente que un agente no puede dirigirse a un propietario y presionarle para que revoque un contrato de exclusiva firmado, aunque hubiera cláusulas que lo permitieran. Sin embargo se especifica que es lícito dirigirse al propietario cuando el contrato está próximo a expirar, con el objeto de ofrecer sus servicios en el caso de que el cliente tuviera pensado dejar expirar el contrato.

La publicación en la MLS por lo tanto no es algo potestativo del agente, sino que viene obligado a ello si firma con su cliente un contrato de exclusiva múltiple.

No todas las MLS tienen los mismos estatutos y reglas. Algunas de ellas permiten la publicación de encargos de venta que no contienen la exclusiva, pero es obligatorio advertirlo muy claramente. Naturalmente, la publicación de un contrato sin exclusiva es una incitación a los restantes miembros de la MLS para que presenten sus servicios al propietario, y capten la exclusiva para todos.

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